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Cdo. para Extranjeros

Prensa Local

ESTIMADO/A VECINO/A

En primer lugar te damos las gracias por elegir nuestro municipio como ciudad de acogida, espero de todo corazón que te sientas integrado junto con tu familia y te aseguro que sois bien recibidos. Desde el primer momento, el actual gobierno municipal ha tenido una apuesta firme por la integración y convivencia de los nuevos vecinos (mencionar actividades que se hayan realizado con antelación para distintos colectivos de extranjeros como ferias, días nacionales etc).

En tu condición de ciudadano europeo, te recordamos que tienes el derecho a votar en las próximas elecciones municipales del 22 de mayo de 2011. Para ello debes estar empadronado en el Ayuntamiento y además debes haber manifestado tu voluntad de votar en España en las elecciones municipales, para poder estar inscrito en el censo electoral.

Actualmente hay dos modalidades de inscripción en el censo electoral, a los que se añadirá en breve la tercera, telemática, que no se ha implementado aún:

1. recibirás en tu domicilio, a partir del 15 de septiembre, una comunicación de la Oficina del Censo Electoral (OCE) con tus datos de empadronamiento preimpresos. Rellena los espacios con municipio y fecha, después firma la carta-solicitud SI QUIERES VOTAR EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES DE ESPAÑA. Humedece la zona engomada para pegar la solicitud, la parte de abajo con la de arriba formando el sobre y mándalo por correo, sin ningún coste, porque tiene franqueo pagado.

2. si no has recibido la comunicación de la OCE hasta octubre, podrás presentarte con el DNI al departamento de Estadística del Ayuntamiento (donde se realiza también el empadronamiento), cita C/……, en horario de……..(importante sería tener uno-dos días con horario de tarde) y rellenar una solicitud (CERE-DFA.1) que es una declaración formal para manifestar tu voluntad de votar en España.

Para ambas modalidades, la fecha límite para la inscripción en el censo electoral es el 15 de enero del 2011.

Nuestro Gobierno local está interesado en que seáis ciudadanos europeos de pleno derecho y que participéis en la vida social de vuestro municipio, demostrando que sois plenamente integrados aquí y cumpliendo de esta forma con vuestro deber cívico y democrático.

Fdo:
Alcalde-Presidente

¡Eres ciudadano europeo! ¡Es tu derecho ¡
¡Inscríbete ahora en el censo electoral y vota en las elecciones municipales del 2011!

Ha comenzado el proceso de formación del censo electoral para extranjeros residentes en España (CERE).

Para poder votar en las elecciones municipales del 22 de mayo de 2011, los ciudadanos europeos empadronados en España se tienen que inscribir en el censo electoral. Esto significa que puedes manifestar tu voluntad de ejercer el derecho de sufragio en las elecciones municipales de España. Actualmente hay 2 modalidades de inscripción, a los que se añadirá en breve la tercera, telemática, que no se ha implementado aún.

1. recibirás en tu domicilio, a partir del 15 de septiembre, una comunicación de la Oficina del Censo Electoral (OCE) con tus datos de empadronamiento preimpresos. Rellena los espacios con municipio y fecha, después firma la carta-solicitud SI QUIERES VOTAR EN LAS ELECCIONES MUNICIPALES. Humedece la zona engomada para pegar la solicitud, la parte de abajo con la de arriba formando el sobre y mándalo por correo, sin ningún coste, porque tiene franqueo pagado.

2. Si no has recibido la comunicación de la OCE hasta octubre, podrás presentarte en el Ayuntamiento del municipio de residencia, al departamento de Estadística (donde se realiza también el empadronamiento), con el DNI y rellenar una solicitud (CERE-DFA.1) que es una declaración formal para manifestar tu voluntad de votar en España.

Para ambas modalidades, la fecha límite para la inscripción en el censo electoral es el 15 de enero del 2011.

¡TU VOTO ES IMPORTANTE! ¡DECIDE QUIEN SERÁ TU ALCALDE!

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E?ti cet??ean European! Este dreptul t?u!
Înscrie-te acum în censul electoral ?i voteaz? la alegerile locale din 2011!

A început procesul de formare al censului electoral pentru cet??enii str?ini reziden?i în Spania. (CERE)

Pentru a putea vota la alegerile locale din 22 mai 2011, cet??enii europeni lua?i în eviden?a popula?iei în Spania trebuie s? se înscrie în censul electoral. Asta înseamn? c? î?i po?i manifesta voin?a de a exercita dreptul de sufragiu la alegerile municipale din Spania. În actualitate dispunem de 2 modalit??i de înscriere, la care se va ad?uga în curând a treia, telematic?, care înc? nu s-a implementat.

1. vei primi la domiciliu, dup? 15 septembrie, o comunicare de la Biroul Electoral cu datele tale personale ?i de eviden?? a popula?iei complete ?i imprimate. Completeaz? spa?iul cu municipiul ?i data, apoi semneaz? scrisoarea-formular DAC? VREI S? VOTEZI LA ALEGERILE LOCALE. Lipe?te partea de jos a formularului cu cea de sus formând plicul ?i trimite-l prin po?t?, f?r? taxe de timbru, deoarece este contra ramburs.

2. dac? nu ai primit comunicarea de la Biroul Electoral pân? în octombrie, te po?i prezenta la Prim?ria din municipiul de re?edin??, la departamentul de Statistic? (unde se realizeaz? ?i eviden?a popula?iei - padrón), cu un act de identitate ?i completa o cerere (CERE_DFA 1) care reprezint? o declara?ie formal? de manifestare a voin?ei tale de a vota în Spania.

Pentru ambele modalit??i, data limit? pentru înscrierea în censul electoral este 15 ianuarie 2011.

VOTUL T?U E IMPORTANT! DECIDE CINE VA FI PRIMARUL T?U!


NOTA INTERNA

FORMACIÓN DEL CENSO ELECTORAL DE EXTRANJEROS RESIDENTES EN ESPAÑA (CERE)


El 22 de mayo de 2011 se celebrarán Elecciones municipales en España. En ellas podrán votar los ciudadanos, mayores de edad el día la votación, que sean nacionales de la Unión Europea y de otros países con acuerdos que les reconozcan ese derecho y sean residentes en España.
Para ejercer el derecho de sufragio es condición indispensable estar inscrito en el Censo Electoral, es decir manifestar la voluntad de votar en España.
En las elecciones municipales de 2011 podrán votar ciudadanos de la UE (26 países excluida España), Noruega, Chile, Colombia, Ecuador, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y de otros países que establezcan futuros acuerdos.
Las solicitudes de inscripción en el censo electoral para los nacionales de países con acuerdos se podrán realizar desde el 1 de diciembre de 2010 al 15 de enero de 2011
Encontramos dos tipos de posibles electores que constituyen el CERE: residentes de los 26 países de la UE residentes en España y residentes de otros países extracomunitarios que hayan firmado convenios de reciprocidad con España. (art.13, Constitución española).

LOS NACIONALES DE LA UE

  • Alemania, Austria, Belgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Elovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grcia, Hungria


  • Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Paises Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania, Suecia


Para la inscripción en el Censo Electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España es necesario hacer una declaración formal de manifestación de voluntad de ejercer el derecho de sufragio. La manifestación se puede presentar en los Ayuntamientos, en el momento de realizar cualquier trámite relacionado con sus inscripciones padronales.

Para facilitar esta inscripción, la Oficina del Censo Electoral remitirá en la segunda quincena de septiembre una comunicación personalizada a los ciudadanos de estos países sin manifestación de voluntad declarada desde las elecciones municipales de 2007. Dicha comunicación contendrá los datos correspondientes a sus empadronamientos preimpresos. En estos casos, las manifestaciones de los interesados se podrán realizar por Internet, si disponen de su Número de identificación de extranjero (NIE), o por correo postal. La manifestación también podrá ser realizada por Internet aunque no se haya recibido la comunicación, si se dispone de un certificado electrónico asociado al NIE de los publicados en la sede electrónica del INE.

La inscripción en el censo electoral tiene carácter permanente mientras el ciudadano resida en España, salvo solicitud formal en sentido contrario. ( no se tienen que censar para cada convocatoria electoral).

OBSERVACIÓN IMPORTANTE


De la comunicación de la Oficina del Censo Electoral (OCE) del 27 de agosto sobre la formación del CERE para las elecciones municipales de 2011

- se eliminan cientos de miles de residentes de países de la UE al remitir las cartas ÚNICAMENTE a quienes la OCE NO SE HAYA DIRIGIDO CON OCASIÓN DE ELECCIONES MUNICIPALES ANTERIORES Y NO HAYAN REALIZADO LA MANIFESTACIÓN EN LOS AYUNTAMIENTOS. El principal país afectado, es una vez más (después de la moratoria)- Rumanía, seguido por Reino Unido.




LOS NACIONALES DE PAÍSES EXTRACOMUNITARIOS CON ACUERDOS DE RECIPROCIDAD


Los países extracomunitarios con acuerdos en vigor actualmente y que reconozcan la reciprocidad del derecho de sufragio en las elecciones municipales son:

Noruega
Chile
Colombia
Ecuador
Paraguay
Perú
Nueva Zelanda

Esa relación podría ser ampliada con otros países con los que se establecieran futuros acuerdos (conforme Orden EHA/2264/2010, de 20 de julio, por la que se dictan normas e instrucciones técnicas para la formación del censo electoral de residentes en España que sean nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales, publicado en el BOE 208 del viernes, 27 de agosto del 2010).

Para ello se requiere: ser mayor de edad, realizar la solicitud de inscripción en el censo electoral para las elecciones municipales y cumplir con las demás condiciones de los acuerdos.

Las condiciones establecidas para los nacionales de todos ellos, con la excepción de Noruega, son:
1.- Estar en posesión de la autorización de residencia en España.
2.- Haber residido en España, legal e ininterrumpidamente durante, al menos, los cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral (para ciudadanos de Noruega se requiere 3 años de residencia).
3.- Ejercerán el derecho de voto en el municipio de su residencia habitual, en cuyo padrón deberán figurar inscritos.
4.- La inscripción en el censo electoral de extranjeros residentes en España se hará a instancia de parte. Esta instancia se presentará en el Ayuntamiento en cuyo padrón municipal figure inscrito.

Sin embargo el INE, mediante su Oficina Electoral mandará una comunicación personalizada a los ciudadanos nacionales de estos países que reúnan las condiciones establecidas en los acuerdos respectivos, en el mes de noviembre del 2010, con los datos correspondientes a sus empadronamientos preimpresos. En estos casos, las solicitudes se podrán realizar por Internet o por correo postal.

Las inscripciones al censo electoral serán válidas exclusivamente para las elecciones municipales para las que se realicen las solicitudes. (SÓLO PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES DEL 2011).

EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES PARA CENSARSE COMIENZA EL 1 DE DICIEMBRE Y SE CIERRA EL 15 DE ENERO DEL 2011.



Prensa Local - Comunicados

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